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Requisitos
Fotocopia de DNI
Partida de Nacimiento Original
Certificados de estudios Originales
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Fomentar la titulación en nuestros egresado, lo que le perimtirá una rápida inserción en el mercado laboral.
Art. 19: Los postulantes que obtuvieran la condición de ingresantes, deberán formalizar personalmente su matrícula en las fechas establecidas en el cronograma respectivo, previa presentación de su constancia que lo acredite como ingresante. Art. 20: La matricula puede ser reservada hasta por un máximo de dos semestres académicos. Art. 21: No se pueden matricular a alumnos nuevos una vez aprobada la nomina de matrícula, a no ser que sean alumnos de traslado. Art. 22: Los postulantes que deseen acogerse al traslado interno en una carrera afín se pude realizar solo hasta el segundo semestre previa convalidación de cursos. Art. 23: Los traslados interno y externo solo se podrán llevar a cabo si existe la vacante respectiva en la institución donde se desea el traslado. Art. 24: Son requisitos para la convalidación: Identificación de un mínimo de 80% de contenidos similares o practica del área, asignatura, modulo o unidad didáctica según corresponda, según calificación de la institución. Comprobación de equivalencias de créditos teniendo en cuenta que el valor del crédito del área, asignatura, modulo o unidad didáctica según corresponda de la institución de origen debe tener un valor de créditos igual o superior al de la institución de destino. Los contenidos no convalidados se subsanaran No procede la convalidación de la práctica pre-profesional cuando el estudiante realiza traslado de una carrera a otra.
Cualquier miembro de la comunidad montessoriana podrá dirigir, sin ningún tipo de restricciones sus quejas o reclamos.
Todas las quejas y reclamaciones serán tratadas con la más absoluta reserva y confidencialidad.